Autor: Rodrigo Rivera

NORMA ISO 14.000:  INSTRUMENTO DE GESTIÓN AMBIENTAL PARA EL SIGLO XXI

“ APLICACIÓN PRACTICA EN UNA EMPRESA DE CURTIEMBRE”


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ANEXO 3

ACUERDOS INTERNACIONALES SOBRE MEDIOAMBIENTE

Convenio sobre la Diversidad Biológica. Este Convenio fue firmado por 157 países , durante la Cumbre de la Tierra, celebrada en Río de Janeiro en 1992. Entró en vigor en diciembre de 1993.
Su objetivo ha sido realizar temas relevantes que ella contiene, así como formar grupos y talleres de trabajo, convocados por el Programa de Naciones Unidad para el Medio Ambiente (PNUMA), para diseñar y desarrollar planes y programas para estudios de países, y estrategias para implementar la convención.

Comisión para el Desarrollo Sustentable.

La Comisión para el Desarrollo Sustentable, CDS, es el órgano político que surgió de la reunión de Río de Janeiro en 1992, encargada de supervisar los avances y cumplimientos de los acuerdos firmados por los gobiernos durante la Cumbre de la Tierra y los acuerdos surgidos durante la misma.

Convenio de Basilea para el Control de los Movimientos Transfronterizos de Desechos Peligrosos y su Eliminación.

La decisión 11/12, adoptada durante el segundo encuentro, realizado entre el 21 y el 25 de marzo de 1994, en Ginebra, prohíbe " de inmediato todos los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos de Estados miembros de la OCDE (Organización de Países de Desarrollo Económico) a Estados que no forman parte de esa organización destinados a su eliminación definitiva". Sólo permite tales movimientos hasta el 31 de diciembre de 1997, únicamente en casos destinados a operaciones de reciclaje y recuperación.

Convención sobre el Comercio Internacional de las Especies Amenanzadas de Fauna y Flora Silvestre.

Contiene varias obligaciones para los Estados parte orientadas a la protección de determinadas especies de flora y fauna silvestre. Reglamenta en forma estricta la exportación e importación de ejemplares de especies en peligro de extinción, o de especies cuyo comercio internacional irrestricto pudiera llevarlas a este estado. Además contempla la posibilidad de realizar la exportación e importación de dichos elementos faunísticos o florísticos sólo bajo circunstancias excepcionales y previo cumplimiento de exigencias específicas.

Enmienda al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), de 1974 y sus Protocolos de 1978 y de 1988 y Enmienda de dichos Protocolos.

En el año 1974 se adoptó el Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, conocido bajo la sigla SOLAS, habiendo firmado Protocolos adicionales en los años 1978 y 1988.. Adicionalmente , en la Ley de Navegación se establece que toda nave que transporte pasajeros deberá estas provista de los equipos de seguridad que exige esta Convención.

Convenio Internacional Relativo a la Intervención en Alta Mar en casos de Accidentes que causen una Contaminación por Hidrocarburos.

Con fecha 29 de noviembre de 1969, en Bruselas, fue adoptado el "Convenio Internacional Relativo a la Intervención en Alta Mar en Casos de Accidentes que Causen una Contaminación por Hidrocarburos", el cual entro en vigor el 6 de mayo de 1975. El objeto de este convenio es permitir que los Estados tomen en Alta MAR "las medidas necesarias para prevenir, mitigar o eliminar todo peligro grave o inminente contra su litoral o intereses conexos, debido a la contaminación o amenaza de contaminación de las aguas del Mar por hidrocarburos, resultantes de un accidente marítimo u otros actos relacionados con ese accidente, a los que sea razonablemente atribuibles consecuencias desastrosas de gran magnitud". Por su parte, con fecha 2 de noviembre de 1973, en Londres, fue hecho el "Protocolo Relativo a la Intervención en Alta Mar en Casos de Contaminación por Sustancias Distintas de los Hidrocarburos", el cual entró en vigor en 1983.

Comisión Binacional de Cooperación Económica e Integración Física.

Con ocasión del Tratado de Paz y Amistad entre Chile y Argentina se creó la Comisión Binacional de Cooperación Económica e Integración Física entre ambas naciones. Asimismo, con fecha 2 de agosto de 1991 se suscribió entre ambos países un tratado sobre Medio Ambiente cuyo objetivo es "emprender acciones coordinadas o conjuntas en materia de protección, preservación, conservación y saneamiento del medio ambiente e impulsar la utilización racional y equilibrada de los recursos naturales, teniendo en cuenta el vínculo existente entre medio ambiente y desarrollo".
En el mismo Tratado se creó, en ámbito de la Comisión Binacional, una Subcomisión de Medio Ambiente para promover, coordinar y efectuar el seguimiento de la ejecución del Tratado y de los Protocolos específicos.
En forma conjunta a la firma del tal Tratado se firmaron Protocolos específicos relativos a: recursos Hídricos Compartidos y Protección del Medio Ambiente Antártico. Por otra parte, con igual fecha se firmó el Acuerdo de Complementación Económica con Argentina, uno de cuyos Protocolos se refiere al Transporte Terrestre, Marítimo y Aéreo.

Convención de las Naciones Unidas Sobre el Derecho del Mar.

Sus objetivos son establecer un orden jurídico nuevo y amplio para los mares y océanos. Contiene normas importantes sobre el medio ambiente, en especial sobre la contaminación del medio marino.

Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático.

Fue adoptada el 9 de mayo de 1992, en la sede de Naciones Unidas en Nueva York, en respuesta a una inquietud general surgida en la década del 80 a partir de datos científicos que preveían un posible cambio climático, permanente e irreversible, a escala mundial, como consecuencia de un aumento en las concentraciones de CO2 y de otros gases provenientes de actividades industriales y agrícolas.
Los países partes de esta convención, tanto desarrollados como en desarrollo, se comprometen a:

  • Presentar a la Convención inventarios de emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) por fuente y absorción por sumideros.

  • Desarrollar programas nacionales para mitigar el cambio climático y adaptarse a los potenciales efectos.

  • Fortalecer la investigación científica y técnica, y la observación del sistema climático, y fomentar el desarrollo de tecnologías, prácticas y procesos para controlar, reducir o prevenir las emisiones antropogénicas de los GEI.

  • Promover programas de educación y sensibilización pública acerca del cambio climático y sus efectos.

Además, los países desarrollados acordaron una serie de compromisos adicionales, tales como:

  • Adoptar políticas para reducir las emisiones de GEI al año 2000, estabilizándolas a los niveles de 1990.

  • Transferir a los países en desarrollo mayores recursos financieros y tecnológicos, y apoyar los esfuerzos de éstos por cumplir con los compromisos de la Convención.

  • Ayudar a los países en desarrollo que son particularmente vulnerables al cambio climático a costear sus gastos de adaptación.

La convención marco fue firmada por 155 países durante la Cumbre de la Tierra en Río de Janeiro en junio de 1992. En diciembre de 1993, se completó el número mínimo de ratificaciones necesarias (50) para que ésta entrara en vigor, hecho que específicamente ocurrió el 21 de marzo de 1994.

Protocolo de 1978 Relativo al Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por Buques, de 1973.

Este protocolo se adoptó en LONDRES el 17 de febrero de 1978, y entró en vigor el 2 de octubre de 1983. Modificó el Convenio para Prevenir la Contaminación por Buques, de1973, el que nunca entró en vigor tal como estaba redactado originalmente. Tanto el acuerdo original como su protocolo se conocen por las siglas Marpol 73/78.
Su objetivo es incrementar y dar mayor eficacia a la prevención y contención de los actos de contaminación del Mar producida por los buques, especialmente por los buques tanques y por los hidrocarburos.

Convenio sobre las Marismas de Importancia Internacional, Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas.

El convenio RAMSAR - llamado así comúnmente- pretende detener la ocupación y desaparición progresiva de las marismas y otros homedales, ahora y en futuro, reconociendo sus funciones ecológicas fundamentales y su valor económico, cultural, científico y de recreo.

Convención Internacional para la Reglamentación de la Caza de la Ballena.

Sus objetivos son proteger a todas las especies de ballenas de la caza excesiva y salvaguardar para las generaciones futuras los importantes recursos naturales representados por su poblaciones. Asimismo, persigue establecer un sistema de reglamentación internacional de su caza para asegurar la conservación y desarrollo apropiado de sus poblaciones.
Mediante esta misma Convención se estableció la Comisión Ballenera Internacional, encargada de fomentar la investigación, recopilar y analizar información estadística, y evaluar.

BIBLIOGRAFÍA

  1. CENTRAL ENVIRONMENTAL AUTHORITY, 1992, .Industrial Pollution Control Guidelines Nº4: Leather Industry., Central Environmental Authority with technical assistance from the Government of the Netherlands Colombo, Sri Lanka.

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  3. EPA, 1982, .Development Document for Effluent Limitations Guidelines and Standards for the Leather Tanning and Finishing Point Source Category., EPA Office of Water, EPA 440/1-82- 016, Washington D.C.

  4. EPA, 1986, .Guidance Manual for Leather Tanning and Finishing Pretreatment Santdards., EPA Industrial Technology Division, EPA 800/R-86-001Washington D.C.

  5. EPA, 1988, .Supplemental Development Document for Effluent Limitations Guidelines and Standards for the Leather Tanning and Finishing., EPA Office of Water, EPA 440/1-88-016s, Washington D.C.

  6. EPA, 1992, .Facility Pollution Prevention Guide., EPA Office of Research and Development . 

  7. INTEC-CHILE, 1992, .Análisis y aplicación de Tecnologías en descontaminación industrial en aire, agua y suelo., pp 80-84.

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  10. UNEP IE`s International Cleaner Production Clearinghuose Diskette ICPIC Version 3.0.

  11. Economic Commission for Europe, 1982, Compendium on Low-and non-waste Technology: Monograph: Recovery and Re-use of Trivalent Chromium in the Leather Tanning Industry.,. ENV/WP.2/5/Add.54, Genova.

  12. Carta de las Empresas para un Desarrollo Sostenible (Camara de Comercio Internacional - Abril de 1991).

  13. Libre Comercio y Medio Ambiente: El Caso de Chile (MINAGRI -1997).

  14. Una Política ambiental para el Desarrollo Sostenible (Comisión Nacional del Medio Ambiente - Chile).

  15. El Medio Ambiente y los nuevos temas del Desarrollo (Partha Dasgupta - Karl-Goran Maler, Editorial CIEPLAN).

  16. El Concepto de sustentabilidad: Sus Orígenes, Alcances y Utilidad en la Formulación de Política. ( John A. Dixon - Louise A. Fallon).

  17. Ecología de Mercado. ( Libertad y Desarrollo; Luis Larrain, Javier Hurtado, Pedro Ramírez).

  18. Guía ISO 14.000 (Varios Autores - Mac Graw Hill - 1993).

  19. Ley de Bases del Medio Ambiente (Conama - 1994).

  20. Implementación de un Sistema de Gestión Ambiental Certificable ISO 14.001. (Ambar, Asimet, Conama - 1994).

  21. Direcciones de Internet:

    • www.agroguias.com.ar/iso14000.htm

    • www.mem.gob.pe/nuevo/pub/iso14000.htm

    • www.bulltek.com/spanish/iso14000/faqs.htm

    • www.cpc.com.ar/trabajos/t5.htm

    • www.awn.net.wwwboard/messges/32.shtml

    • www.pimes-online.com/amazon/calidad37.htm

    • www.construir.com.econsult/60/document/iso14000.htm

    Author: Rodrigo Rivera R.
    Licenciado en Ciencias de la Administración de Empresas
    Ingeniero comercial Universidad Central de Chile
    E-mail:

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